LOTE PUBLICO

  Se inicia a instancia del Comité de Tierra Urbana, éste se hará mediante solicitud escrita ante el Instituto Nacional de Tierras Urbanas o sus dependencias regionales, o la Oficina Técnica Municipal correspondiente, indicando claramente la poligonal donde se encuentra el asentamiento urbano o periurbano, denominación del mismo, identificación del comité de tierra Urbana, nombres y apellidos, números de cédulas de identidad, nacionalidad, estado civil, profesión u oficio de los voceros y voceras de los Comité de Tierras Urbanas. Articulo 62, Ley Especial de Regularización Integral de la Tenencia de la Tierra de los Asentamientos Urbanos y Periurbanos (LERITTAUP)

   Asimismo deberá acompañarse de todos los instrumentos que sirvan de medios de prueba y elementos de convicción, tales como:

  1. Carta del barrio.
  1. Proyecto de reordenamiento comunal.
  1. Solicitud de adjudicación por familia.
  1. Censo social acompañado de la copia de la cedula de identidad del o la solicitante, nombres y apellidos de las personas que integran el grupo familiar de cada solicitante.
  1. Catastro, acompañado de las dimensiones, linderos y demás características generales de cada una de las parcelas que componen la totalidad del asentamiento urbano popular.
  1. Declaración jurada de no poseer vivienda o parcela alguna dentro de las zonas urbanas o periurbanas en la República Bolivariana de Venezuela.
  1. Certificado de ocupación emitido por el Comité de Tierras Urbanas.

   Manifestación expresa del solicitante o la solicitante, de conformidad y sometimiento a las disposiciones contenidas en el  presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.